Gurelur rechaza el proyecto de instalación de más de 120 aerogeneradores en varias localidades de la Zona Media, a través de unas sugerencias presentadas ante el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra. El motivo de este rechazo se debe a que nuestro territorio está colmatado de centrales eólicas, lo que está ocasionando la mayor afección ambiental hasta la fecha.
El citado proyecto prevé la industrialización, con la construcción de 10 centrales eólicas, de los escasos parajes de la Zona Media que se habían librado de la vorágine eólica hasta la fecha, siendo la mayoría de ellos de gran valor ambiental y paisajístico. Estas centrales contemplan la instalación de aerogeneradores de 2 MW y de más de 140 metros de altura, con lo que conlleva una barrera mortal para las aves y murciélagos y un inasumible impacto paisajístico.
Las graves afecciones ambientales que el desarrollo de la energía eólica ha ocasionado en Navarra, motivó al Gobierno a la promulgación del Decreto Foral 645 que suspendía la aprobación de nuevos parques eólicos, con el fin de evitar la saturación de parques eólicos y líneas eléctricas sobre nuestro entorno natural. El Plan Energético de Navarra 2005-2010 recoge en referencia a este tipo de energía que el desarrollo de esta tecnología se encuentra limitado por la inexistencia de nuevos emplazamientos eólicos, salvo los destinados a parques experimentales, y la sustitución de equipos obsoletos por nuevos.
La terrible e insostenible mortandad de especies protegidas que algunas centrales eólicas están produciendo en nuestra Comunidad, mortandad recogida en los estudios realizados por el propio Departamento de Medio Ambiente, está sirviendo de argumento a la propia administración para rechazar proyectos relacionados con la energía eólica. De tal forma, que en un documento del Departamento se recoge que no hay medidas correctoras, salvo la eliminación de aerogeneradores, para reducir el riesgo en la avifauna.
Por los motivos expuestos por el propio Departamento de Medio Ambiente, arriba recogidos, y porque las seguras afecciones a la fauna arriba citada contravienen gravemente el artículo 8º de la Ley Foral 2/93, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats que recoge lo siguiente: Queda prohibido alterar y destruir sus hábitats naturales, nidos, vivares y áreas de reproducción, invernada o reposo, se debe rechazar este proyecto eólico.
Gurelur viene proponiendo que para aumentar la producción de energía eólica, evitando con ello nuevas agresiones a nuestros montes, se deben sustituir los aerogeneradores de poca producción por nuevos equipos de mayor potencia, y eliminar los que están causando la mortandad de especies en peligro de extinción. Sólo entonces será un poco respetuosa con el medio ambiente.
gurelur.org
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