domingo, 4 de marzo de 2012

LA RENTA DE INCLUSIÓN SOCIAL Y EL IMPACTO DE GÉNERO (I)

Pocas cosas desmoralizan más que la injusticia hecha en nombre de la autoridad y la ley”. Esta maravillosa reflexión de Concepción Arenal, es lo que está sucediendo en Navarra, estos últimos meses, en relación con toda la nueva regulación de la renta de inclusión social y la ayuda para la incorporación sociolaboral y mejora de la empleabilidad. Así lo está denunciando la plataforma en defensa del derecho a la renta básica y sufriendo miles de personas que van constatando desde hace meses, como sus derechos se van recortando día a día, desesperadas en muchos casos por no saber siquiera si mañana tendrán para comer.

Uno de esos colectivos son las mujeres que han sufrido violencia de género y los hijos e hijas que les acompañan. Solo se nombra explícitamente a este colectivo en la ORDEN FORAL 57/2012, de 9 febrero, por la que se regula la ayuda para la incorporación sociolaboral y mejora de la empleabilidad. (Artículo 6. Supuestos excepcionales de acceso: b) Exceptuando el requisito de hallarse en alguna de las situaciones relativas al empleo (art. 5.6º): Podrán ser beneficiarias las personas que hayan sufrido maltrato.

Por tanto tiene que responder a todos los demás entre otros a: “1º) Estar empadronado y acreditar la residencia continuada y efectiva en Navarra de, al menos, veinticuatro meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. 2º) Ser mayor de 45 años y menor de 65 años. Los mayores de 30 años y menores de 45 podrán acceder a esta ayuda cuando, además de cumplir el resto de requisitos, tengan a su cargo hijos menores de 18 años o hijos mayores de esta edad con al menos una discapacidad reconocida del 65% o menores acogidos. 3º) Residir legalmente en territorio español y tener autorización para trabajar.”

Y claro esto, no cuadra con la realidad. Según los datos aportados por la Comisión de Seguimiento Interinstitucional para la violencia contra las mujeres el 14 de febrero, en 2011 se registraron en Navarra 1.227 denuncias por actos de violencia contra las mujeres, un incremento del 1,3% respecto a 2010. De estas el 55% era de origen español y el 45% procedía de otros países. El tramo predominante de mujeres denunciantes es el de 30 a 34 años, (18%), seguido del de 18 a 24 y 25 a 29, cada uno de ellos (15,23%).

Por lo menos el 50% de las mujeres que denuncian violencia de género al ser inmigrantes en situación todavía de irregularidad, a la espera de papeles, por lo tanto sin autorización para trabajar y con mucha dificultad para estar empadronada acreditar la residencia continuada y efectiva en Navarra de, al menos, veinticuatro meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Tampoco por la edad, más del 50%, no cumplen el requisito 2º de ser mayor de 45 años y menor de 65 años.

Y para más inseguridad, en el decreto se dice que tendrán derecho aquellas “Que se hallen acogidas en un recurso para víctimas de violencia de género”. ¿A que se refiere exactamente? Según los datos ofrecidos en la misma rueda de prensa, en el año 2011 un total de 75 mujeres y 80 menores han hecho uso de los recursos de acogida del Gobierno de Navarra. ¿Solo esas podrán ser beneficiarias de la ayuda?. Que ocurrirá con las 1152 restantes (Recordemos que hubo 1.227 denuncias)

La consejera Elena Torres una y otra vez dice que las prestaciones para mujeres víctimas de violencia de género están garantizadas, sin embargo esto no cuadra con lo que recoge la LEY FORAL 1/2012, de 23 de enero, por la que se regula la renta de inclusión social. La ORDEN FORAL 58_2012, de 9 febrero, por la que se regulan los supuestos excepcionales y de renovación extraordinaria de la renta de inclusión social. Y la ya analizada ORDEN FORAL 57/2012, de 9 febrero.

Por ello le ruego que aclare esta situación, para que quienes tenemos que tramitar podamos hacerlo sin encontrarnos las puertas cerradas y sobre todo, para que ellas, las mujeres que denuncian de una u otra forma la violencia de género, no se encuentren en el limbo, dependiendo de interpretaciones de la ley y puedan salir de ella teniendo sus derechos y recursos, garantizados.

Y hablando de garantizar, no entiendo mucho como La consejera que está al frente del INAIF, no ha pedido una revisión del lenguaje de estas ordenes forales, antes de ser publicadas. Es excluyente y sexista. O sea, que ignora y ella, mas que nadie debería de saber, que el lenguaje androcéntrico y sexista contribuye a hacer posible la violencia de género, porque cosifica e invisibilizar a las mujeres, la somete y sitúa en una posición de subordinación.

Tampoco que no haya planteado la aplicación de sus propias leyes, o sea la Aplicación de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente (artículos 52.1 y 53.2. Informes del impacto por razón de sexo), que nos ayudaría a comprender mejor como estos decretos, suponen, un fuerte retroceso también desde la perspectiva de género y están reñidos con esas palabras que repiten de qua las mujeres con violencia de género, tienen ahora garantizadas las prestaciones. ¿Cuales? ¿No sería de obligado cumplimiento hacer este análisis antes de aprobar y poner en práctica estas leyes y decretos?

Sugiero a la Comisión de Seguimiento Interinstitucional para la violencia contra las mujeres y a los tres Grupos Técnicos Interinstitucionales, que se han creado, (Grupo Técnico de Prevención, Investigación y Formación; Grupo Técnico de Atención e Intervención, y el Grupo Técnico de Protección), que incluyan con urgencia este tema en su orden del día, ya que no lo hicieron en la reunión del 14 de febrero, en la que por cierto ya estaban publicados esta ley y ordenes forales.

Por qué me resisto a que aceptemos que estamos en una sociedad condenada a la desesperación y la miseria humana, como nos recuerda esta otra maravillosa mujer Ayn Rand (1950) "Cuando advierta que para producir necesita obtener autorización de quienes no producen nada; cuando compruebe que el dinero fluye hacia quienes trafican no bienes, sino favores;…., y que las leyes no lo protegen contra ell@s sino, por el contrario, son ell@s los que están protegidos contra usted; cuando repare que la corrupción es recompensada y la honradez se convierte en un autosacrificio, entonces podrá afirmar, sin temor a equivocarse, que su sociedad está condenada." . Hago un llamamiento de cordura a Elena Torres. A que revise estos decretos y leyes, también desde esta perspectiva. Estoy segura que s ele ha pasado por lato. A ella, al INAIF a la comisión de seguimiento.

Tere Sáez. Técnica de Igualdad. Coordinadora de ANDREA

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