Según ha informado en un comunicado el partido Alternativa Democrática de Pitillas, “el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha estimado el recurso de Apelación interpuesto por éstos; condenando a dicho Alcalde a convocar un nuevo pleno con toda la documentación solicitada por la oposición cumpliendo los dos días hábiles que previene la Ley. Sin que dentro de estos días pueda considerarse “hábiles” los días que el Ayuntamiento permanece cerrado (martes, viernes y sábados)”.
En la misma sentencia, “se le advierte que en el caso de ser reiterada puede motivar la deducción de testimonio para la depuración de posibles responsabilidades penales. También se le hace expresa condena en costas”.
Para ADP, “el recurso que ha merecido su estimación se basaba en dos hechos concretos: uno, por negarse a entregar la documentación demandada para un Pleno extraordinario solicitado por los concejales de la oposición y dos, por utilizar, los días que estaba cerrado el Ayuntamiento, como habilitantes de la norma que debe mediar entre la convocatoria y celebración plenaria de dos días hábiles. En este caso, ser convocados un jueves para pleno en lunes cuando el Ayuntamiento permanece cerrado el viernes y sábado”.
Los concejales de ADP se muestran satisfechos “por cuanto el Sr. Jiménez, demócrata donde los haya, señalaba los plenos sistemáticamente en días que tuviera entre medio uno o los dos días el Ayuntamiento cerrado; impidiendo con ello consultar el expediente y ser servidos con la documentación adecuada”. Según ADP, “con esta Sentencia firme, a la que no cabe ningún otro recurso, pone al socialista Sr. Jiménez ante la sanción más grave que, administrativamente, pueda recibir”.
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