sábado, 19 de octubre de 2013

DOS SENTENCIAS PROHÍBEN UTILIZAR EL TÉRMINO NAVARRA PARA ESPÁRRAGOS DE PERÚ Y CHINA

La justicia ha dado la razón al Consejo Regulador de la Denominación Específica Espárrago de Navarra sobre la utilización del término Navarra para productos procedentes de terceros países, como Perú y China. El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona considera "conducta desleal" la utilización de la marca Conservas Tradicionales de Navarra para identificar y comercializar espárragos no amparados por la Indicación Geográfica Protegida.
A esta sentencia se suma la dictada en mayo de 2011 por el Juzgado de Instrucción Número 6 de Logroño para otra marca, en concretoCoronas de Navarra. El Consejo Regulador presentó en su día una tercera denuncia en los mismos términos, en este caso contra la firma  Alta Cocina Navarra, cuya sentencia que todavía no se ha emitido.
En su decisión, el juez obliga a Conservas Tradicionales de Navarra a "cesar en el uso en el tráfico mercantil del término Navarra o similares, solo o en conjunción con otros elementos para distinguir el espárrago".
La sentencia, que ya es firme, condena a la empresa "a retirar del tráfico económico todos los productos, embalajes, material publicitario o cualquier otro documento comercial en el que se hubiere materializado la infracción y la conducta desleal, incluida la modificación de su propia página web www.conservasbujanda.es". La demanda, presentada en diciembre de 2010 por el Consejo Regulador de la IGP, condena igualmente a la empresa a indemnizar con 10.000 euros en concepto de daños morales.
Como ya se ha indicado, esta sentencia se suma a la que condenó en términos muy similares a la firma Coronas de Navarra. El Juzgado de Instrucción Nº 6 de Logroño obligó a la empresa Coronas de Navarra SL a dejar de utilizar esta marca comercial para vender espárragos no amparados en la IGP Espárrago de Navarra, procedentes de China y Perú.
El Consejo Regulador espera que la que queda pendiente con una tercera firma, Alta Cocina Navarra, le dé también la razón. "Para nosotros este es el caso más claro, porque si utilizas ese nombre quieres decir que es cocina navarra", resumen desde el Consejo Regulador.
Según explicaron ayer desde este organismo, "el uso de la expresión de Navarra en estos productos conlleva un riesgo de confusión para el consumidor. El etiquetado y la marca de los productos denunciados pueden llevar a una percepción errónea del origen geográfico del espárrago objeto de venta, que en este caso es Perú".
Desde el Consejo Regulador de la Denominación Específica Espárrago de Navarra recuerdan que entre sus funciones se encuentra la de "conservar el prestigio de la denominación, así como de los intereses de todas las empresas que están inscritas en dicha marca de calidad".
Los representantes del organismo aseguran que para el Consejo Regulador "lo que realmente nos parece importante es que les hagan retirar esas marcas, ya que los 10.000 euros para ellos son pecata minuta, con el volumen de producto importado que están trayendo y el dinero que están facturando". Desde la entidad, recuerdan que "el término Navarra en espárrago está protegido y no se puede utilizar si no es producto acogido a denominación". Así, añaden que "si la marca ya incluye Navarra, aunque luego en pequeño indique que es China o Perú, el consumidor tiene que buscar mucho. Son herramientas que utilizan para confundir, que es lo que pretenden".
Como ejemplo de la forma de actuar de estas firmas, desde el Consejo Regulador del Espárrago de Navarra recuerdan que "en el caso de la otra firma, Coronas de Navarra, en el juicio dijeron que no querían confundir, simplemente que ese nombre les gustaba".
Diario de Noticias

No hay comentarios: