Un cambio en el Código Penal aprobado en diciembre permite a los defraudadores eludir la prisión con el pago de la cantidad adeudada a Hacienda y una multa siempre inferior a esa cantidad. El pago puede realizarse en un plazo de hasta dos meses tras la imputación del defraudador, con un amplio margen desde el descubrimiento del delito
El Gobierno ha puesto fácil a los grandes defraudadores no pisar la cárcel. Un cambio en el Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal aprobado en diciembre y en vigor desde mediados de enero reduce notablemente las penas de prisión a cambio del pago de la cantidad adeudada y una multa que en ningún caso superará la cuantía de la deuda.
Defraudar más de 120.000 euros a Hacienda o la Seguridad Social es delito en nuestro país. Si el fraude es descubierto, la pena que debe aplicarse, según el artículo 305.1 del Código Penal es de 1 a 5 años de prisión y una multa que puede alcanzar 6 veces la cantidad defraudada.
La modificación aprobada a finales del año pasado permite a los defraudadores, incluidos los de mayor rango, reducir la pena de prisión a menos de un año, de forma queno sea necesario pisar la cárcel, tras pagar su deuda tributaria más una multa que no supere la cantidad adeudada en un plazo de dos meses.
El recientemente aprobado artículo 305.6 del Código Penal, publicado en el BOE el pasado 28 de diciembre, es el que concreta todas estas ventajas, sin comparación con otros delitos similares. El texto señala que el pago de la cantidad adeudada y la multa correspondiente deberá realizarse en un plazo máximo de dos meses desde que el defraudador reciba la citación como imputado, algo que sucede tiempo después de que se haya iniciado el proceso penal.
Cuando se cumpla ese plazo, la multa que deberá sumarse a la devolución de lo defraudado no superará en ningún caso esa misma cantidad. De hecho, podrá ser la mitad o incluso una cuarta parte. A cambio del pago, la pena de prisión quedará siempre por debajo de un año y podría incluso llegar a los tres meses. Sin antecedentes, la ejecución de la pena quedará suspendida y el defraudador eludirá la cárcel.
Jacobo Dopico Gómez Aller, Profesor Titular de Derecho Penal en la Universidad Carlos III de Madrid, denuncia en un artículo en Zona Crítica que este cambio legislativo destruye “cualquier posibilidad de que el derecho penal tributario llegue a tener en España una mínima capacidad intimidatoria” y considera que sus consecuencias se sufrirán durante años. Según Gómez Aller, la modificación “introduce unos incentivos extraordinarios para que se cometan nuevos fraudes tributarios”.
A los cambios legislativos que favorecen a los defraudadores, se suma la creciente falta de medios para hacer aflorar casos de fraude fiscal. La Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado considera que nuestro país debería contar con el doble de efectivos destinados a estas labores para poder equipararse a la media de los países europeos más avanzados.
En un informe del pasado mes de marzo, la asociación recuerda que la Agencia Tributaria cuenta con el mismo número de empleados públicos que en el momento de su creación en 1992 mientras que la riqueza del país se ha duplicado. Los inspectores de Hacienda critican que, desde la llegada de la crisis, la situación haya empeorado con una disminución presupuestaria del 12% y una reducción de los medios humanos, al no cubrirse las prejubilaciones.
El documento destaca que la falta de medios se pone de manifiesto especialmente en la lucha contra el fraude de las grandes empresas y grupos económicos del país. Según la organización, la composición de los equipos destinados a esas tareas impide realizar comprobaciones con la profundidad necesaria.
El Diario
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