Recientemente se realizó una reunión de trabajo del Consejo
Navarro de Medio Ambiente (CNMA) para tratar diversos temas ambientales. Este
órgano administrativo colegiado fue creado por Ley Foral en 1993 como órgano de
asesoramiento, participación y consulta en materia del Medio Ambiente.
Aunque podríamos suponer que en el CNMA está representado
toda la sociedad, en su composición de 26 personas siete representan a la
Administración del Gobierno de Navarra. El resto a Federaciones y
Confederaciones de Empresarios, Cazadores, Pescadores, las Universidades,
Sindicatos, Consumidores, etc. Los grupos Ecologistas solamente tenemos cuatro
representantes, cuando precisamente la finalidad del órgano constituido es el
Medio Ambiente.
En las votaciones, los siete miembros representantes de la
Administración, siempre votan en la misma dirección a la voz de ¡YA!, lo mismo
que el resto de los miembros cuyas asociaciones de una u otra manera reciben
subvenciones de dicha Administración. Únicamente los grupos ecologistas, los
sindicatos LAB, ELA y EHNE y el representante de la Federación de Montaña
mantenemos criterios independientes y nuestro voto casi nunca coincide con el
resto.
El Orden del Día inicial de la última reunión que
abandonamos, recogía los siguientes seis temas:
1.-Aprobación, en su caso, del Acta de la sesión anterior
2.- Información sobre procedimiento consulta escrita (Orden
Foral vedas pesca 2013 y Orden Foral vedas caza 2013-2014).
3.- Informe relativo
al proyecto de
Plan Director de
Ordenación de las Aguas Salmonícolas de Navarra.
4.- Informe relativo al proyecto de Decreto Foral de
modificación del Reglamento de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de
intervención para la protección ambiental.
5.- Informe relativo
al proyecto de
Decreto Foral de
declaración de la Z.E.C. Río Baztán y Regata Artesiaga y
aprobación del Plan de Gestión.
6.- Informe relativo
al proyecto de
Decreto Foral de
declaración de la Z.E.C. Regata Orabidea y Turbera Atxuri y
aprobación del Plan de Gestión.
Para tratar convenientemente tantos y tan complejos temas, habrían
hecho falta dos sesiones por lo menos y el tiempo de reunión máximo de 2 horas
dado que fue convocada a las 12:00, era manifiestamente insuficiente. Además,
estos singulares funcionarios del Gobierno (Srs. Eziolaza, Zuazo, Eraso,
Armendariz) todavía incluyeron dos temas más en dicho Orden del Día, sin duda
con la intención de evitar discutir ninguno en profundidad por falta de tiempo:
• Informe sobre
Propuesta OF por la que se regula uso del fuego en suelo no urbanizable y se
establecen medidas de prevención de
incendios forestales.
• Informe sobre
Proyecto DF por el que se prorroga la vigencia de los planes de gestión de
determinadas ZEC.
Ante semejante maniobra, en un acto de coherencia, los dos
representantes del movimiento ecologista presentes en la reunión Gurelur y
Lurra, abandonamos la misma tras manifestar nuestra disconformidad con su
comportamiento.
Los grupos ecologistas presentes en el CNMA pretendemos que
este órgano, por una parte cumpla la legalidad fundacional y por otra que sea
un organismo vivo al servicio del medio ambiente navarro. Nada de esto se
cumple… Así el CNMA acordó el 20/10/2003 que aquellos informes perceptivos que
no sean emitidos por el Consejo puedan ser adoptados por procedimiento escrito,
o sea no presencial. Este acuerdo choca con su Reglamento que dice: “El Consejo
se reunirá en sesión ordinaria, como mínimo una vez al trimestre... (Cosa que
no se cumple aun habiendo temas para debatir) “. Por tanto la Propuesta de
Orden Foral de Vedas de Caza para la campaña 2012-13 se debería haber debatido
convenientemente en sesión presencial para cumplir los estatutos vigentes y no
como se nos envió a casa en formularios para que cada representante colocase la
“x” en la casilla correspondiente sin debate alguno. Esto mismo opina el
Defensor del Pueblo al que recurrimos cuando dice: “… se debe observar la
periodicidad de la convocatoria de sesiones presenciales que contempla la
normativa interna de este órgano, pues el encuentro, debate e intercambio de
opiniones entre los distintos agentes participantes de los temas de competencia
de este órgano, es de esencia a la función atribuida al mismo”.
Tampoco se ha cumplido nunca el punto 2º de los fundamentos
para la creación del CNMA, que expresa entre las funciones del mismo: “la de asesoramiento
mediante informe preceptivo sobre los proyectos de infraestructuras que
requieran de impacto ambiental”. ¡Algunos proyectos se han realizado en nuestra
comunidad…!
El CNMA en la práctica es un ente burocrático para cubrir el
expediente, que en absoluto cumple con los supuestos creacionales de
“transmitir criterios ecológicos, sociales y culturales” y que además, ni tan
siquiera cumple su propio reglamento. ¿Pero por que se mantiene este órgano
inoperante? Exclusivamente porque la legislación vigente así lo exige, pero
impidiendo que tenga el normal funcionamiento para el que fue creado.
Juan del Barrio, miembro del Consejo Navarro de Medio Ambiente
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