domingo, 12 de diciembre de 2010

LA FISCAL PIDE INHABILITAR POR 7 AÑOS AL ALCALDE DE MURILLO EL FRUTO POR PREVARICACIÓN

El alcalde de Murillo el Fruto, Javier Gárriz Gabari (UPN), va a enfrentarse a una solicitud de inhabilitación para ejercer un cargo público de siete años, en el caso de la fiscalía, y de ocho años y medio, por parte de la acusación particular que ejercen los tres ediles de la oposición (Agrupación Independiente de Murillo), que entiende que el delito de prevaricar se ha ejecutado de manera continuada. La prevaricación sólo puede ser cometida por un funcionario público que dicta una resolución injusta, como al parecer ocurrió en este caso, en el que la fiscalía recalca que Gárriz concedió irregularmente varias ayudas económicas a vecinos de la localidad.

Todo el asunto se remonta, según las conclusiones de la fiscal, al pleno del ayuntamiento de Murillo el Fruto que aprobó el 23 de febrero de 2001 la ordenanza reguladora de las ayudas a la rehabilitación de edificios. En ese año y durante los tres siguientes nadie solicitó dicha ayuda, por lo que "la ordenanza se modificó en 2004 atribuyendo la competencia para resolver las solicitudes de dichas ayudas al alcalde", narra el Ministerio Público, que continúa diciendo que en una resolución de alcaldía se acordó "aprobar la concesión de ayudas a la rehabilitación de edificios realizadas desde el año 1998, según la relación de beneficiarios e importes suscrita por el arquitecto municipal por importe de 17.483 euros, ordenando su abono a la Tesorería municipal".

Lo mismo ocurrió, según el escrito del Ministerio Público, "con otras cantidades en fechas 8 de junio de 2006 y 14 de mayo de 2007, sin que en ninguna de estas ordenanzas de rehabilitación se aludiera a la voluntad de devolver contribuciones especiales que habían sido abonadas por algunos vecinos, y procediendo a conceder subvenciones que ni siquiera habían sido solicitadas".

Por tanto, la fiscalía entiende que lo que se buscaba por parte del acusado, Javier Gárriz, era dejar sin efecto la decisión adoptada por el pleno del ayuntamiento en enero de 1997 (cuando en Murillo gobernaba un regidor del PSN) de imponer contribuciones especiales a los vecinos afectados por ejecución de las redes de abastecimiento del Ayuntamiento de Murillo el Fruto, plan que era "contrario a la voluntad política del alcalde". El alcalde ejecutó además este plan sin seguir el procedimiento establecido por la legislación administrativa y careciendo además de competencia para ello.

Los denunciantes expusieron en su día que el primer edil había devuelto cantidades de dinero a personas que en 1997 (con el PSN en la alcaldía) se vieron afectadas por una serie de contribuciones especiales para arreglar calles del centro y dichos pagos quedaron encubiertos bajo la apariencia formal de subvenciones de la ordenanza municipal de rehabilitación de viviendas. La oposición manifestó en su día que el único fundamento de las ayudas concedidas "era el de mantener relaciones de amistad o afinidad política" con esos vecinos beneficiarios y antes de que se celebraran las elecciones de 2007.

Gárriz, de 55 años, ejerce como alcalde de Murillo el Fruto desde las elecciones municipales de 1999. La acusación particular señala en su escrito de calificación de los hechos que existen 34 vecinos que recibieron dinero público en 2004 por una resolución de alcaldía que buscaba conceder ayudas a la rehabilitación de edificios. Sin embargo, ninguno de esos 34 vecinos beneficiarios de las subvenciones, entre los que sumaron un total de 17.483 euros, había solicitado tales ayudas.

La acusación particular indica que fue el propio alcalde quien estableció las cuantías económicas que le correspondían a cada vecino, vulnerando de nuevo lo dispuesto en la ordenanza municipal. "La arbitrariedad con la que se condujo el acusado le llevó a decidir la concesión de subvenciones cuyas cantidades suponían porcentajes que varían desde el 1,53% al 227,6% en relación a los importes a los que hubieran ascendido los de las obras de rehabilitación que hubieran podido ser subvencionables. Así, y sirva como ejemplo, uno de los vecinos que realizó unas obras cuyo importe fueron 1.500 euros recibió una subvención de 1.590 euros; otro de ellos que se gastó 150,25 euros en las reformas recibió del ayuntamiento 227,62 euros; y sin embargo, un vecino que ejecutó una obra por 21.105,73 euros sólo fue ayudado con 324 euros".

Más adelante, el alcalde repitió la acción. En junio de 2006 ordenó verbalmente -sin siquiera dictar resolución para formalizar por escrito su decisión- proceder a entregar 10.602 euros a favor de otros 31 vecinos beneficiarios, que no habían incoado expediente alguno para solicitar las subvenciones. En este caso, la arbitrariedad con la que se condujo el acusado le llevó a decidir la concesión de subvenciones cuyas cantidades suponían porcentajes que varían desde el 0,81% al 52,41%. En esta ocasión, además, el acusado resolvió abonar cantidades de dineros público a vecinos de la localidad que ni siquiera habían ejecutado obras, se trata de un total de ocho vecinos; e incluso fue más allá y abonó también dinero a personas que ni siquiera habían solicitado la licencia de obras, es decir, que ni siquiera tenían previsto acometerlas. Uno de ellos solicitó la licencia de obras transcurridos 17 meses desde que le fuera abonada la subvención.

Por último, también en 2007, el alcalde de Murillo el Fruto concedió ayudas económicas a algunos de sus vecinos para que rehabilitaran sus edificios aunque los beneficiarios no hubieran solicitado las subvenciones. En uno de los casos un vecino ejecutó obras por importe de 50 euros y recibió una ayuda de 900 euros, el 1.800% más de lo reformado.

Enrique Conde, en Diario de Noticias

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