martes, 22 de julio de 2014

LA PEÑA SPORT DEBERÁ READMITIR O INDEMNIZAR A IÑAKI SÁDABA

La Peña Sport deberá readmitir en su puesto o indemnizar con 11.900 euros al que fuera entrenador del equipo durante tres meses en el año 2013, Iñaki Sádaba. Así se desprende de una sentencia notificada ayer por el Juzgado de lo Social número 3 de Navarra, que estima la demanda formulada el 12 de noviembre por el técnico navarro -asistido por el letrado Íñigo Zabalza Landa- contra el club y declara “improcedente” su despido, que tuvo lugar el 8 de octubre.

El 8 de julio de 2013, Sádaba firmó un contrato que le vinculaba como entrenador a la Peña Sport, cuyo primer equipo militaba entonces en Segunda División B. Tres meses después, el presidente del club tafallés, Rafa del Amo, anunció la destitución del técnico navarro, que varios meses después se convirtió en entrenador del Erri-Berri, y la contratación de Miguel Merino como su sustituto en el banquillo azulón.

Sádaba solicitó a Del Amo la indemnización por despido contemplada en su contrato, que se extendía hasta el 30 de junio del presente año, pero la entidad tafallesa se negó a ello por “falta de jurisdicción del orden social”, puesto que el contrato fue suscrito con arreglo a la modalidad de “entrenador aficionado” y en él no se recogía retribución alguna, por lo que la relación entre ambas partes no era laboral.

Lo cierto, sin embargo, es que la Peña Sport pagaba a Sádaba 1.700 euros mensuales fuera de nómina, una cantidad que tiene la consideración de salario, de ahí que la jueza María Teresa Reta Cárcamo haya estimado la existencia de “una relación laboral especial de deportista profesional” y, a consecuencia, haya estimado la demanda interpuesta por Sádaba contra el club. “Desestimo la excepción de incompetencia de jurisdicción alegada por la Peña Sport, y estimando la demanda formulada (...) declaro improcedente el despido”, reza la sentencia.

La Peña Sport deberá indemnizar al demandante con 11.900 euros, en cuyo caso “la relación laboral entre las partes quedará extinguida en la fecha del cese efectivo del trabajo”. De no hacer esto en un plazo máximo de cinco días desde ayer, el club deberá readmitir a Sádaba como entrenador, “con abono de los salarios dejados de percibir desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido hasta la fecha de la notificación de la sentencia o hasta que se hubiera encontrado otro empleo”. Contra esta sentencia cabe recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Diario de Noticias

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