Mayor Oreja está utilizando su honestidad como un argumento más de campaña en las europeas. Así, en una entrevista a Vogue asegura que el PP "está respondiendo correctamente" respecto a los casos de corrupción investigados judicialmente dentro de su partido. Insiste en que él habla “tranquilamente” ya que “sé exactamente lo que he hecho en la vida en esos terrenos, en esos ámbitos”. En la entrevista, recogida por Europa Press, Mayor Oreja se pregunta si “los honestos no podemos hablar” si “la corrupción” afecta “a un trozo de mi partido”. “La consecuencia sería horrible, un disparate”, se responde.
Si no la honestidad, lo que si está en entredicho es su honorabilidad. En febrero de 2002, poco después de haber abandonado el ministerio de Interior para preparar su carrera a las presidencia del País Vasco, Mayor Oreja apeló a un daño en su honor para interponer una demanda civil contra el dirigente del PNV Javier Arzalluz. El peneuvista había denunciado que la familia del popular tenía intereses en el sector de las empresas de seguridad privada y relacionaba esta circunstancia con la negativa de Interior a negociar con el Gobierno vasco la ampliación de la plantilla de la Ertzaintza para proteger a los amenazados por terrorismo.
El Juzgado de Primera Instancia de Álava y después la Audiencia provincial desestimaron la demanda al considerar que no se había quebrado el derecho al honor de Mayor Oreja, entre otras cosas “porque las imputaciones son veraces, por haber sido indagadas con suficiente diligencia”. Los jueces dieron por probada la participación del ministro de Interior en Eulen, compañía que gestiona empresas de seguridad privada, y detallaron las vinculaciones societarias de sus hermanos José María y Carlos en otras empresas de seguridad, como recogió El Mundo. Mayor Oreja y también Mariano Rajoy, que como su sucesor en Interior le había secundado en aquella demanda, tuvieron que pagar las costas procesales.
Mayor Oreja insistió e interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que fue desestimado en noviembre del pasado año, como informó El Plural. “En el curso del procedimiento se consideró probado que los demandantes, miembros de la familia Mayor Oreja, habían pertenecido como apoderados, administradores o accionistas, a diversas compañías de seguridad privada y que en el momento de presentarse la demanda aún seguían ostentando cargos en las mismas u otras empresas”, confirmó el TS.
El Plural
Si no la honestidad, lo que si está en entredicho es su honorabilidad. En febrero de 2002, poco después de haber abandonado el ministerio de Interior para preparar su carrera a las presidencia del País Vasco, Mayor Oreja apeló a un daño en su honor para interponer una demanda civil contra el dirigente del PNV Javier Arzalluz. El peneuvista había denunciado que la familia del popular tenía intereses en el sector de las empresas de seguridad privada y relacionaba esta circunstancia con la negativa de Interior a negociar con el Gobierno vasco la ampliación de la plantilla de la Ertzaintza para proteger a los amenazados por terrorismo.
El Juzgado de Primera Instancia de Álava y después la Audiencia provincial desestimaron la demanda al considerar que no se había quebrado el derecho al honor de Mayor Oreja, entre otras cosas “porque las imputaciones son veraces, por haber sido indagadas con suficiente diligencia”. Los jueces dieron por probada la participación del ministro de Interior en Eulen, compañía que gestiona empresas de seguridad privada, y detallaron las vinculaciones societarias de sus hermanos José María y Carlos en otras empresas de seguridad, como recogió El Mundo. Mayor Oreja y también Mariano Rajoy, que como su sucesor en Interior le había secundado en aquella demanda, tuvieron que pagar las costas procesales.
Mayor Oreja insistió e interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que fue desestimado en noviembre del pasado año, como informó El Plural. “En el curso del procedimiento se consideró probado que los demandantes, miembros de la familia Mayor Oreja, habían pertenecido como apoderados, administradores o accionistas, a diversas compañías de seguridad privada y que en el momento de presentarse la demanda aún seguían ostentando cargos en las mismas u otras empresas”, confirmó el TS.
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