martes, 20 de julio de 2010

GÁRRIZ RESPONSABILIZA AL NOTARIO DE SU IMPUTACIÓN

El alcalde de Murillo el Fruto, Javier Gárriz Gabari, de UPN, prestó ayer declaración como imputado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Tafalla por un supuesto delito de prevaricación por la compra de un almacén de la localidad a la Cooperativa Agrícola San Isidro y del que responsabilizó al notario. La denuncia proviene de los tres ediles de la Agrupación Independiente de Murillo el Fruto (AIM) al entender que la ejecución del pago a la cooperativa, "sin haberse otorgado aún la escritura y sin el informe de Intervención o de Secretaría que avalase tal decisión", puede ser constitutivo de un delito de prevaricación.

El denunciado, tras ser preguntado acerca de los hechos que han dado lugar a la instrucción de estas diligencias, manifestó que la aprobación del convenio con la Cooperativa Agrícola San Isidro relativo a la compra del almacén y transmisión de terrenos se realizó el pasado 30 de diciembre de 2009 durante la celebración de una sesión plenaria extraordinaria y que la primera fase consistía en " la compra del almacén elevada a escritura pública y cuando llegase la aprobación municipal se haría entrega de los terrenos bajo otra escritura pública y con esas escrituras se llevaría al Registro de la Sociedad".

Asimismo, expuso que " en el año 1968 se cedió gratuitamente por parte del Ayuntamiento a esta cooperativa 3.000 m2 de la parcela 630 del polígono 3 y que dicha cesión se elevó a escritura pública pero no constataba cláusula de reversión". Posteriormente, en el año 1986, "se solicitó autorización al Departamento de Administración Local para proceder a la cesión de otros 3.000 m2 de esa misma parcela, que se elevó a escritura pública haciendo constar las condiciones a las que quedaba sujeta dicha transmisión". El Ayuntamiento se comprometió además a "incorporar en el planeamiento municipal en tramitación los terrenos que necesitaba la cooperativa para su actividad y desarrollo como suelos urbanos de uso terciario. Se trataban de 6.000 m2 que se habían cedido con anterioridad a la cooperativa".

La cooperativa, por su parte, se comprometía a vender al Ayuntamiento un almacén que tenía arrendado. El convenio constaba de dos fases; la primera, relativa a la compra del terreno y la segunda, a la entrega de terrenos, y en ambos casos resultaba necesario elevar a escritura pública. En el primer caso en un plazo de seis meses y en el segundo, cuando se aprobase el plan municipal. Gárriz manifestó que, "como constaba en la estipulación, el Ayuntamiento abonaría el precio en dinero, 136.559 euros, tras la formalización de la escritura de compraventa que llevaría a efecto en un plazo máximo de seis meses". Además apuntó que "no se ha prescindido del procedimiento legal, que existe aprobación del Pleno, informe pericial y partida presupuestaria".

En cuanto a que la firma de la escritura se refiere, el primer edil achacó su falta a un cúmulo de despropósitos . Expuso que el día 3 de mayo el cecretario, Roberto Horcada, acudió a la notaría para efectuar la entrega de toda la documentación a fin de elevar la escritura pública a compraventa, pero que la falta de alguna documentación, como la relativa a los almacenes o la autorización del presidente de la cooperativa, impidió el trámite.

Posteriormente, una vez obtenida toda la información, se dio la circunstancia de que el notario, Roberto Yurrita, estaba de vacaciones, por lo que tampoco se zanjó el tema. Así pues, la firma se pospuso hasta el 8 de junio, pero tras citarse ambas partes en el despacho del notario, esta vez fue el representante agrario quien se negó a firmar , aconsejado por su abogado, debido a que para entonces el Tribunal Administrativo de Navarra ya había hecho pública su resolución, el 1 de junio, anulando "por ser contrario a derecho" el acuerdo municipal del 30 de diciembre, y por considerar que la valoración de los terrenos "carece de fundamento" debido a que "no se puede decir que se va a vender un terreno que será urbano en el futuro y valorarlo económicamente como bien comunal no enajenable. Si es vendible, valórese como urbano, y si no es todavía enajenable, que no lo es, no se hagan transacciones con el mismo carentes, por prematuras, de fundamento" .

El problema reside en que el Ayuntamiento ya había realizado el pago de 136.559 euros el 3 de mayo, por lo que la cooperativa tuvo que efectuar la devolución del importe apenas dos días después de hacerse pública la resolución del TAN, el 10 de junio.

El primer edil expuso al respecto que "el pago se hizo con anterioridad a que se elevase a escritura pública dado que así se dijo por el notario" y añadió que " en todo momento se pretendió elevar la escritura pública a compraventa y que fue el día 3 de mayo cuando se pretendía otorgar la escritura" y que " si no se otorgó ese día fue por todas las vicisitudes que se han hecho constar por la falta de documentos".

Cabe recordar que fueron los mismos ediles de AIM quienes denunciaron el acuerdo ante el TAN al entender que el Ayuntamiento no podía satisfacer parte del pago por el local transmitiendo unos terrenos comunales, valorados como tales, con el compromiso de modificar el Plan General para convertirlos en urbanos.

Tras el comparecencia del alcalde, aunque los ediles de AIM afirmaron con rotundidad que " quisieron firmar la escritura con la sentencia del TAN en la mano un día después de saber la resolución", optaron por no posicionarse acerca de las declaraciones vertidas por Javier Gárriz en el Juzgado de Tafalla.De todos modos, prometieron estudiar con detenimiento los datos emitidos por el primer edil.

El alcalde, por su parte, no quiso hacer declaraciones al respecto tras la salida del Juzgado.

Diario de Noticias

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