martes, 13 de enero de 2009

PERSISTE LA CONTROVERSIA SOBRE EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE UGT Y EL AYUNTAMIENTO TAFALLÉS


El 30 de diciembre pasado aprobó el pleno de Tafalla con los votos afirmativos de UPN, PSN e IT y la oposición de NaBai y los dos concejales elegidos en su día bajo las siglas de ANV la propuesta del convenio para enajenación directa de dos parcelas municipales a UGT para construir 40 viviendas protegidas junto a la Ciudad Deportiva. Aunque han pasado ya dos semanas no se apagan los ecos de la controversia suscitada. Aportamos hoy algunas reflexiones del concejal de NaBai Iosu Urkiaga.

Nos hemos posicionado en contra de este Convenio porque no se nos ha respondido convenienteme a las preguntas y propuestas que hemos planteado referentes a las garantías de transparencia del proceso de adjudicación de las viviendas de VPO.

En la segunda reunión que mantuvimos para debatir el contenido del Convenio insistimos en incluir una claúsula escrita tal que así : "La documentación entregada por los solicitantes se custodiará por el Ayto, y la baremación será realizada ante notario,de forma pública".Nos parecía importante que se incluyese este condicionante por escrito ya que en caso contrario la baremación(y entendemos que también la custodia de la documentación) la realiza la empresa gestora , en este caso la UTE Plazaola-GSI, y se pierde el control por parte del Ayto.El argumento básico que se nos daba era que no lo veían necesario porque el procedimiento legal asegura la transparencia del proceso...etc.Veamos la ley :

La ley Foral 8/2004 establece una serie de requisitos para el procedimiento de adjudicación de viviendas :
· La baremación se realiza por parte de la empresa gestora, en este caso, UTE Plazaola-SGI , publicando posteriormente las listas provisionales.
· Se concede un plazo a todas las personas al objeto de poder realizar alegaciones si no se estuviere de acuerdo con la puntuación otorgada.
· Se resuelven y contestan las alegaciones y se publican las listas definitivas.
· Se envían al Gobierno para su fiscalización y revisión.
·
Si hubiera cualquier modificación se notifica.
· Una vez definitivas las listas se comienza a llamar a las personas beneficiarias para la firma de contratos.

Por otro lado , "si al momento de comenzar con esta operación de promoción coincidiera con alguna campaña de Vinsa , S.A. como ha ocurrido ahora en la comarca de Pamplona donde 3 promociones de cooperativas nuestras han entrado en dicha campaña , seria Vinsa,S.A. quien hiciera el trabajo,lo cual,evidentemente , supone un auténtico alivio de gestión dado el ingente trabajo que supone verificar toda la documentación que se pide". En este caso no hay coincidencia con campañas de Vinsa.

A nuestro juicio este procedimiento,tal y como está redactado, no permite detectar si a alguien se le han sumado puntos de más ya que al Gobierno únicamente se le mandan las listas definitivas , pero no la documentación.Por lo tanto , si existiesen sospechas de adjudicaciones irregulares no podrían alegarse , ya que es imposible demostrarlo sin acceso a la documentación.

Tampoco resultó efectivo este debate durante el Pleno ya que no se quiso profundizar en ese "fleco" legal que nosotros vimos, y se nos dieron argumentos muy etéreos , parecidos a los de la reunión previa.Así que finalmente se ha aprobado el Convenio con nuestro voto en contra.Gorka Labat y Xabier Flamarique también votaron en contra.

Será que interpretamos el castellano de distinta manera

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