jueves, 22 de enero de 2009

OPOSICIÓN PARA PLAZA TEMPORAL DE INTERVENTOR DE FALCES Y MIRANDA DE ARGA


CONDICIONADO PARA CUBRIR DE FORMA INTERINA Y EN RÉGIMEN ADMINISTRATIVO LA PLAZA DE INTERVENTOR DE LA AGRUPACIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS DE
FALCES Y MIRANDA DE ARGA

Base 1ª . Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal mediante el sistema de concurso-oposición de la plaza de interventor de La Agrupación de los Ayuntamientos de .Falces y Miranda de Arga.

1.2. Las pruebas de selección que se realizarán son las establecidas en la base 5ª, valorándose la fase del concurso, conforme a lo previsto en la base 6ª del presente condicionado.

1.3. El contrato tendrá una duración inicial de seis meses y podrá ser prorrogado, según las necesidades del servicio. No obstante, el contrato finalizará con la provisión definitiva de la plaza cuya contratación temporal se pretende, derivada de la implantación y desarrollo del sistema ordinario de provisión establecido en el Título VII de la Ley Foral 6/90 de la Administración Local de Navarra o en la que en cada momento esté vigente.

1.4. El horario de trabajo será el establecido por la Administración convocante, adaptándose en todo momento según las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado por la misma.

1.5. El puesto de trabajo estará dotado de una remuneración básica correspondiente al nivel B, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de retribuciones y de los complementos que se aprueben y/o en su defecto, estén establecidos en la plantilla orgánica de la Administración contratante.

1.6. La persona contratada, además de las funciones propias de Intervención, ejercerá las de Tesorería y responsable del Área Económica, y entre ellas se señalan las siguientes:

- Control y fiscalización interna.
- Asesoramiento y gestión económico-financiera y presupuestaria y de contabilidad, informes, proyectos de presupuestos, estudios sobre Ordenanzas y procedencia de nuevos servicios y evaluación de la repercusión económico-financiera de los mismos.
- La llevanza y desarrollo material de la contabilidad municipal, que abarcará la expedición de mandamientos de gastos e ingresos presupuestarios y extrapresupuestarios.

- Funciones contables, preparación de Cuentas Generales y liquidación del Presupuesto.

- Formación de planes de Tesorería, atendiendo las funciones de los cobros y pagos encomendados a dicha dependencia, así como manejo y custodia de los fondos, valores y efectos de la Entidad Local.
Cumplimiento de las obligaciones fiscales y sociales derivadas de las contrataciones y gestión de las mismas.
- La jefatura de los servicios de recaudación.
- Las previstas en el artículo 249 y siguientes de la Ley Foral 6/1990, y las que en cada momento la normativa de aplicación atribuya a este puesto.
- Además las que, de carácter económico-financiero, les sea encomendada desde la órganos de gobierno competentes de la Administración convocante.

Base 2ª . Requisitos de los aspirantes.
Los aspirantes al puesto de trabajo deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
A) Ser mayor de edad y tener nacionalidad española, o ser nacional de cualquier estado miembro de la Unión Europea, o tener relación de parentesco en los términos señalados en la Ley Foral 10/2001, de 24 de mayo. Asimismo, las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplan la libre circulación de trabajadores.

B) Estar en posesión del titulo de Diplomado en Ciencias Económicas o Empresariales, o en Derecho o equivalentes. Será equivalente a los títulos mencionados el haber superado los tres primeros cursos de la licenciatura en Ciencias Económicas o Empresariales o en Derecho.

C) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio del cargo.

D) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una administración Pública.

E) Disponer de permiso de conducción, al menos de la categoría B o equivalente y de medios de transporte para desplazarse entre las localidades agrupadas.

Base 3ª . Procedimiento.
3.1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Ingreso de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de
2 URGENTE
5 de junio, los procedimientos de selección del personal temporal deberán posibilitar la máxima agilidad en la contratación.
Considerando que este es un caso de urgencia, al ser las funciones del puesto de intervención señaladas en el artículo 249 la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra, de 2 de Julio, las de control y fiscalización interna, las de asesoramiento y gestión económica, y de contabilidad, y con la finalidad de no paralizar la vida y gestión municipal, en defensa del interés general y de la prestación del servicio a los vecinos, se procederá a solicitar al Servicio Navarra de Empleo una relación de demandantes de empleo (incluidos los de mejora de empleo) que reúnan los requisitos y condiciones a que se refiere la base 2ª de la convocatoria. Asimismo podrán ser admitidos al proceso de selección todos aquellos aspirantes que, reuniendo dichos requisitos, acrediten ante el Tribunal y antes del comienzo de la celebración de las pruebas selectivas, estar en la situación de demandantes de empleo o de solicitud de mejora de empleo en cualquiera de las Oficinas de Empleo.

Base 4ª . Tribunal calificador.
4.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:
• Presidente: Don José Carlos García Garcia, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Falces.
Suplente: Doña Rosa María Donazar Hernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Miranda de Arga.
• 1ER. Vocal: Don Joaquín de Carlos Pérez, Secretario del Ayuntamiento de Falces.
Suplente: Don Alfonso Carlos Gamboa Baztán, Secretario del Ayuntamiento de Miranda de Arga.

• 2º Vocal: Un Técnico designado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.
Suplente: Un Técnico designado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.
• 3er Vocal: Un Técnico designado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.
Suplente: Un Técnico designado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.
• 4º Vocal: Doña Julia Irisarri Moreno, Interventor del Ayuntamiento de Peralta.
Suplente: Don Juan Manuel Garcés Laplaza, Interventor del Ayuntamiento de Funes (Navarra).

4.2. El secretario del tribunal calificador, a designar por éste, será quien levantará las actas correspondientes que serán firmadas cada una de ellas por todos los miembros del tribunal.
4.3. Para la constitución y actuación valida del tribunal será necesaria la presencia de mayoría absoluta de los miembros que lo componen.
4.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria, en caso de empate el presidente podrá hacer uso de su voto de calidad.

Base 5ª. Pruebas.
5.1. La oposición constará de una prueba con dos partes: una teórica y una práctica. Las dos partes se realizarán conjuntamente el mismo día. La duración total de la prueba no podrá superar las 4 horas. Las pruebas consistirán:
1.º Parte escrita de carácter teórico: Consistirá en la contestación a preguntas de respuesta corta o tipo test, sobre el temario que figura en el Anexo I de esta Convocatoria. La puntuación máxima de esta prueba será de 20 puntos, quedando eliminado de la oposición el aspirante que no obtenga, al menos, 10 puntos.
2.º Prueba escrita de carácter práctico: Consistirá en el desarrollo por escrito de supuestos prácticos sobre las materias relacionadas en los Anexos I y II de esta Convocatoria. El total máximo de esta prueba será de 50 puntos, quedando eliminado de la oposición el aspirante que no obtenga, al menos, 25 puntos.
5.2 . La pruebas de la fase de oposición se realizará mediante llamamiento único, al que deberán acudir los aspirantes provistos del Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente, quedando eliminados aquellos aspirantes que, por cualquier motivo, no se presenten en la fechas, hora y lugar anunciado.
5.3. Durante el desarrollo de la prueba selectiva se establecerán para la persona con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.
5.4. Los ejercicios comenzarán a las 9,30 horas del día 10 de febrero de 2009, en la Biblioteca Pública de Falces en los que se seguirá el sistema de plica cerrada

Base 6ª Valoración de la fase del Concurso.
6.1 Todos los aspirantes a la presente convocatoria, que consideren estar en posesión de méritos, conforme a las determinaciones contenidas en las presentes Bases, deberán acreditarlo documentalmente en el mismo momento de su presentación a las pruebas para las que se haga el oportuno llamamiento.
6.2 El Tribunal, procederá a valorar los méritos acreditados por los aspirantes, de conformidad con el siguiente Baremo, cuya puntuación total nunca podrá superar la puntuación máxima de 30 puntos. A saber:
A.1. Por estar en posesión del título, de Licenciado en Ciencias Económicas o Empresariales, o en Derecho, 7,5 puntos por titulación, con un máximo de 7,5 puntos.
A.2. Por cada año de servicio prestado en puesto de intervención de una Entidad Local de Navarra, 3 puntos, con un máximo de 15 puntos.
A.3. Por cada año de servicio prestado en puesto de intervención de una Entidad Local de régimen común, 0,75 puntos, con un máximo de 3,75 puntos.
A.4. Por cada año de servicio prestado para las Administraciones Públicas de Navarra en plaza para la que se haya exigido la titulación de Diplomado en Ciencias Económicas o Empresariales, o en Derecho, para la realización de funciones de asesoramiento y gestión económico-financiero y presupuestario, 0,75 puntos con un máximo de 3,75 puntos.
6.3.- Al objeto de aplicar los criterios de valoración mencionados, se tendrán en cuenta las siguientes normas
- La valoración se hará atendiendo a los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria.
- Si el número de años o la jornada no fuesen completos, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al periodo en que se hayan prestado.
- No se evaluarán por duplicado servicios que hayan sido ejercidos en periodos de tiempo coincidentes

Base 7ª Propuesta del tribunal.
7.1. Concluida la celebración de la última prueba, el Tribunal formulará a la Administración convocante la propuesta de contratación del aspirante que haya obtenido mayor puntuación.
7.2. La propuesta será vinculante para la Administración convocante.
7.3. El Aspirante seleccionado deberá incorporarse al puesto de trabajo en el plazo máximo de una semana contados a partir de la fecha de aceptación de la propuesta por parte de la Administración convocante. En caso de que no se produzca la incorporación, salvo casos suficientemente justificados o una vez producida aquella se quede de nuevo vacante, el órgano competente de aquella podrá contratar a los aspirantes que, en orden de la mejor puntuación obtenida en el proceso de selección, manifiesten su conformidad con la contratación ofrecida.

Base 8ª Recursos.
8.1. Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:
A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
B) Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Falces, a 21 de enero de 2009
EL PRESIDENTE Fdo.- José Carlos García García

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