lunes, 2 de diciembre de 2013

EMPRESARIOS Y RÉGIMEN DE MÓDULOS: TRIBUTAR POR EL RENDIMIENTO REAL

El régimen llamado coloquialmente de módulos es un sistema perfectamente legal, establecido en la ley que regula el impuesto sobre la renta, por el que determinados empresarios calculan los rendimientos que obtienen cada año a los efectos de su inclusión en su declaración de la renta.

Es un sistema voluntario y sólo sirve para determinadas actividades, divididas en dos grandes bloques: actividades agrícola-ganadera-forestales por un lado, y por otro lado, una lista de algo más de 70 actividades, entre las que destacan fundamentalmente los transportistas y el comercio al por menor.

La característica general en ambos casos es que el rendimiento neto del empresario no sale de tener en cuenta los ingresos reales y los gastos reales, sino que se calcula a través de rendimientos teóricos o previstos estimados en un texto legal. Es decir, el rendimiento calculado puede ser mayor o menor que el realmente obtenido.

El sistema de módulos nace en su momento por la dificultad existente en conocer los rendimientos reales de determinadas actividades desarrolladas por pequeños empresarios. Como se ha visto, su pega esencial es que el rendimiento es estimado, no es real. Su ventaja es su comodidad y facilidad de cálculo. La tendencia que nos viene desde Europa, como es lógico, es a que el sistema desaparezca, ya que la aspiración racional es que cada persona pague el Impuesto sobre la Renta sobre los rendimientos reales, no sobre estimaciones.

Además, el sistema sólo se puede aplicar a esas actividades si el volumen de ingresos y el volumen de empleados están por debajo de determinados límites. Hasta ahora, el sistema podía aplicarse a empresarios con actividades agrícola-ganadero-forestales si el volumen de ingresos anual no superaba los 300.000 euros, y en el otro bloque de actividades sino superaba los 150.000 euros. El pasado mes de abril, el Parlamento, por unanimidad, aprobó una modificación legal por la cual, en 2014, esos límites máximos se bajaban a 200.000 y 100.000 euros respectivamente. Esta es la modificación que ha provocado la movilización de los sectores afectados, contrarios a esa reducción.

Si aplicamos el sentido común, la movilización sólo puede deberse a dos factores, bien a uno de ellos o a los dos a la vez. O bien la protesta se debe a la necesidad de pasar de un sistema muy cómodo a un sistema complejo que puede requerir un mayor gasto de asesores, o bien se debe a que al cambiar, al tributar sobre los ingresos reales, les va a tocar pagar más. La primera razón es comprensible y merece buscar una solución. La segunda, sin embargo, es mucho más difícil de defender ante el resto de los ciudadanos. No podemos olvidar, y estos son datos claves, que el rendimiento medio declarado vía nómina por los trabajadores por cuenta ajena se ha situado en 2009, 2010 y 2011 en torno a los 20.600 euros al año por persona, mientras que el rendimiento medio al año declarado por las personas que tenían actividades empresariales y para los cuales su negocio era la parte principal de su renta, en el mismo periodo, se ha situado en torno a los 14.000 euros al año. Y de estos, los que tributaban por módulos han declarado un rendimiento medio anual algo inferior a los 10.000 euros. Como se ve, en ambos casos, muy lejos de los 20.600 euros brutos año declarados por los trabajadores por cuenta ajena.

De cara al año 2014, la mayor presión no está en los empresarios con actividades agrícola-ganadera-forestales, ya que los afectados por la bajada del límite del volumen anual de ingresos de 300.000 a 200.000 euros son muy pocos. La mayor discusión está en los empresarios dedicados al resto de actividades que se acogen a módulos. En 2011, este bloque estaba constituido por 8.023, de los cuales para casi todos su actividad era principal en su renta.

Es muy posible que muchos de estos empresarios lo estén pasando mal y realmente estén atravesando una época en la que su rendimiento es muy bajo, inferior al de los trabajadores por cuenta ajena. Estos empresarios no tienen por qué preocuparse por salir del régimen de módulos. Al revés, les va a beneficiar porque tributarán sobre sus rendimientos reales, y si son muy malos, tributarán claramente menos que en módulos.

Si al abandonar módulos les sale a pagar más, será porque están ganando más y estarán pagando su Impuesto sobre la Renta con el mismo criterio que un trabajador por cuenta ajena. No podrán argumentar que la crisis les tiene en una situación desastrosa. Y el argumento de que pagan más que empresarios que hacen lo mismo en otras latitudes no es éticamente suficiente a la vista de la comparativa con los trabajadores por cuenta ajena.

Los únicos que pueden tener un perjuicio limitado son aquellos a los que les salga a pagar en el nuevo sistema más o menos lo mismo que por módulos y hayan tenido que asumir un coste adicional de asesoría. Este supuesto, en cualquier caso, no es cuantitativamente elevado y podría compensarse estableciendo la medida correspondiente.

Finalmente, la preocupación que nos traslada Hacienda es la de asegurar la recaudación. A ver si por sacar fuera del régimen de módulos a varios cientos de empresarios perdemos algo de recaudación y nos faltan recursos para controlar si las declaraciones han sido o no correctas. Si perdemos recaudación porque los rendimientos reales son menores, tendremos que asumirlo, porque será justo. En cuanto al control y el seguimiento, habrá que poner los medios necesarios.

Manu Ayerdi, en geroabai.com

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