Todavía me llama la atención el hecho de que el análisis de la denominada “Cultura de la Transición” -el modelo que relata la intrincación entre intereses económicos, grupos mediáticos, procesos creativos y partidos que consolidó el Régimen del 78- haya dejado prácticamente fuera de su foco de atención precisamente el área en la que el continuismo entre la dictadura franquista y la democracia es más sangrante: la propiedad y gestión del patrimonio.
Al margen de los grandes escándalos relacionados con este tema, como fue el caso de la Mezquita de Córdoba, la atención específica de algunos medios o la reciente creación de la Coordinadora estatal por la recuperación del patrimonio inmatriculado por la Iglesia Católica, la movilización de plataformas ciudadanas y ayuntamientos del medio rural en defensa de su patrimonio aún encuentran serias dificultades para hacerse un hueco de impacto en la agenda mediática nacional y llegar a gran parte de la opinión pública .
Si, como dice Amador Fernández Savater “la Cultura de la Transición se asegura siempre el monopolio de los temas y los enfoques”, la crítica a la propia CT ha dejado fuera de foco, por su mayor incidencia en provincias despobladas y el medio rural español, uno de los campos en los que los privilegios otorgados por el franquismo permanecen a día de hoy intactos.
Tal y como vienen denunciando las diferentes plataformas que integran la Coordinadora, el procedimiento de inmatriculación de bienes propiedad de los pueblos por parte de la Iglesia Católica viene realizándose desde 1946, cuando la dictadura franquista otorgó poderes a los obispos para inmatricular (inscribir por primera vez en el Registro de la Propiedad un bien que no estaba registrado) con un simple certificado y sin acreditar título de propiedad. Este mecanismo se ha visto perpetuado en tiempos de democracia bajo un sistema de dudosa constitucionalidad.
Como sabemos, no existe hasta la fecha ninguna relación pública de bienes inmatriculados por la Iglesia Católica y la falta de transparencia al respecto es total, incluyendo aquellos procesos en los cuales estos bienes patrimoniales inmatriculados están siendo utilizados por parte de los obispados para obtener crédito hipotecario. La solicitud de datos al Ministerio de Justicia, tal y como recoge Jesús de Larrainzar en el libro “No Robarás” quedó saldada con la mínima respuesta institucional “no es un área de nuestra competencia”.
La incorporación, junto a ayuntamientos, especialistas y plataformas vecinales, de la iglesia de base en la recién creada Coordinadora estatal, a través de la presencia de Redes Cristianas y Comunidades Cristianas Populares, nos señala que más allá del fantasma del anticlericalismo y los miedos electoralistas que esta acusación lleva aparejados, la respuesta al problema de las inmatriculaciones en nuestro país es una lucha democrática contra los privilegios. Al fin y al cabo, España es uno de los países que se sumó a la Convención sobre la protección del patrimonio mundial de 1972 de la UNESCO en la que se sostiene que, frente a intereses económicos particulares que imposibiliten el acceso al patrimonio de los pueblos, “(para poder transmitirlo a las generaciones futuras) los Estados han de instituir servicios de protección de su patrimonio (…) adoptando las medidas jurídicas y administrativas necesarias”.
Lo que está, por tanto, sobre la mesa con este tema es en realidad uno de nuestros mayores déficits democráticos como país, poniendo de relieve que la jerarquía católica y sus privilegios forman parte indisoluble del andamiaje del Régimen del 78, privilegios jerárquicos que, como ya hemos dicho, por interés netamente electoralista, se han mantenido inmutables desde la Transición.
En el 2015, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo en sentencia de 4 de noviembre de 2014 tuvo que declarar arbitrario el procedimiento por el que la Ley Hipotecaria española equiparaba el certificado de cualquier obispo católico al de otros funcionarios públicos. Tanto el Partido Popular como el PSOE, meses más tarde, impidieron la presentación del recurso de inconstitucionalidad que hubiese podido declarar nulas con efecto retroactivo las inmatriculaciones realizadas por la Iglesia hasta la fecha, condenando a particulares y ayuntamientos a un larguísimo calvario de presentación a título individual de recursos de inconstitucionalidad bien por bien en toda España.
Por todo ello, se hace evidente que desde el campo de las políticas culturales deberíamos retomar, tal y como está demandando incesantemente la sociedad civil, este caballo de batalla precisamente en este periodo post-electoral en el que va a ser necesario un replanteamiento profundo del texto constitucional, teniendo en cuenta , no sólo que el problema de las inmatriculaciones apunta a uno de los ejes de flotación y centro de gravedad claves del Régimen del 78, sino que incide además sobre el necesario fortalecimiento de nuestro Régimen Local y, tal y como hemos señalado otras veces, la necesidad de una mayor clarificación y dotación competencial municipal en materia de cultura.
Estefanía Rodero, en estefaniarodero.es
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